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Policía Cristiano - Cristiano Policía

 ¿PUEDE UN CRISTIANO SER POLICÍA?
¿PUEDE UN POLICÍA CRISTIANO PORTAR ARMA DE FUEGO PARA EJERCER SU TRABAJO?


Respuesta: Es Sí. 
Romanos 13:1-4 nos dice, que Dios les ha dado facultad a las autoridades civiles.
“Todos deben someterse a las autoridades públicas (la policía), pues no hay autoridad que Dios no haya dispuesto, así que las que existen fueron establecidas por El. 
Por lo tanto, todo el que se opone a la autoridad (policía) se rebela contra lo que Dios ha instituido.
Los que así proceden, recibirán castigo (los delincuentes).
Porque la autoridad (la policía) no están para infundir terror a los que hacen lo bueno sino a los que hacen lo malo (delincuente). ¿Quieres librarte del miedo a la autoridad?
Haz lo bueno, y tendrás su aprobación, pues está (policía) al servicio de Dios para tú bien. 
Pero si haces lo malo (delincuente), entonces debes tener miedo.
No en vano lleva la espada (pistola), pues está al servicio de Dios (la Policía) para impartir justicia y castigar al malhechor” (delincuente).

El versículo 4 nos dice que ellos llevan la espada (pistola) para castigar a los que hacen lo malo. 
Dios ha autorizado a las autoridades civiles para que castiguen a los criminales. 
Esto se hace usualmente mediante el proceso de la ley, pero las leyes también autorizan a la policía a tomar una acción potencialmente letal en ciertas situaciones.

Vemos por estas escrituras que el gobierno civil, especialmente la función de la ejecución de la ley, es un empleo autorizado divinamente.
La policía no lleva la espada (pistola) en vano (vers. 4). 
Portan armas potencialmente letales como parte de su trabajo autorizado divinamente de prevenir el caos social. 
Ellos infunden temor a los que hacen lo malo, nos dice el versículo 3, y de esta manera, ellos son siervos de Dios (el policia) (vers. 4, 6).

Si alguien anda rondando nuestra casa, es posible que esté armado y que sea peligroso. 
No es erróneo llamar a la policía y pedirle que confronten al posible delicuente. 
No es erróneo pedir protección armada legal.
Ni tampoco es erróneo proveer esa protección armada autorizada divinamente. 
Sería de un hipócrita permitir la solicitud de protección policíal y simultáneamente condenar porque lo hacen.
Y, desde luego, no estamos tratando ni justificando aquellos problemas de los policías que abusan de su posición o poder.

Los policías están cumpliendo con un trabajo autorizado divinamente, que es necesario para la estabilidad social. 
No olvidar que el Policía tiene como misión en su carta magna; cuidar, proteger y establecer la paz social.

Portan un arma, no es para desahogar su venganza o su ira, sino para proteger y ayudar a otros. 
En muchos casos, ponen en peligro sus vidas por salvar la vida de otros.


En el primer siglo, los soldados hacían el trabajo que ahora ejecuta la policía. 
Algunos de estos soldados, probablemente soldados judíos, le preguntaron a Juan el Bautista qué debían hacer para arrepentirse.
En Lucas 3:14 Él les dijo: “No hagáis extorsión a nadie, ni calumniéis; y contentaos con vuestro salario”. 
No dijo nada acerca de deshacerse de sus espadas o armamento.


Pocos años después, el centurión Cornelio fue bautizado, y no se le dijo nada ni se cuestionó acerca de su ocupación o función como servidor público.
Él fue considerado como devoto y justo aun siendo un centurión que portaba una espada (Hechos 10:2, 22). 
No había nada de injusto acerca de su función de ejecutor de la ley o sea un Policía.

Los policías pueden ser cristianos, y los cristianos pueden trabajar como policías.
En algunas traducciones, el sexto mandamiento bíblico dice: “No matarás” (Éxodo 20:13).
Primero ningún Policía sale a la calle con el deseo de matar.
Algunas personas opinan que el cristiano no puede ser policía, por portar un arma de fuego porque en algún momento puede hacer uso de ella.
Pero, el uso del arma es permitido divinamente, porque la biblia dice: “No en vano lleva la espada (pistola), pues está al servicio de Dios”.
Así también el uso del arma es permitido por la ley terrenal, siempre y cuando se rija por los principios legales establecidos.


Veamos: PROPORCIONALIDAD, CONGRUENCIA Y OPORTUNIDAD, TRES PRINCIPIOS PARA EL USO DE ARMAS DE LA POLICÍA.
Son los tres principios básicos que rigen la actuación policial en el caso de tener que usar un arma de fuego : proporcionalidad, oportunidad y congruencia.
Estas son las tres palabras que un Policía debe tener presente a la hora de emplear su pistola.

Y viene recogido en varias normas: La Ley Orgánica 2/86 del 13 de marzo de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, la Instrucción sobre utilización de armas de fuego por los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, de abril de 1983 y la Resolución 34/169: 
Código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, aprobado por Naciones Unidas el 17 de diciembre de 1979, entre otras normas.
La más clara de todas ellas es la del 14 de abril de 1983 , una instrucción de la Dirección de Seguridad del Estado, que dicta lo siguiente:
Los miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado pueden utilizar sus armas de fuego ante una agresión ilegítima que se lleve a cabo contra el Agente de la Autoridad o terceras personas, siempre que concurran las siguientes
circunstancias:
1. Que la agresión sea de tal intensidad y violencia que ponga en peligro la vida o integridad corporal de la persona o personas atacadas.

2. Que el Agente de la Autoridad considere necesario el uso de arma de fuego para impedir o repeler la agresión , en cuanto racionalmente no puedan ser utilizados otros medios, es decir, debe haber la debida adecuación y proporcionalidad entre el medio empleado por el agresor y el utilizado por la defensa .
3. El uso del arma de fuego ha de ir precedido, si las circunstancias concurrentes lo permiten, de conminaciones dirigidas al agresor para que abandone su actitud y de la advertencia de que se halla ante un Agente de la Autoridad, cuando este carácter fuera desconocido para el atacante.
4. Si el agresor continúa o incrementa su actitud atacante , a pesar de las conminaciones, se debe efectuar por este orden, disparos al aire o al suelo, para que deponga su actitud.
5. En última instancia, ante el fracaso de los medios anteriores , o bien cuando por la rapidez, violencia y riesgo que entrañe la agresión no haya sido posible su empleo, se debe disparar sobre partes no vitales del cuerpo del agresor, atendiendo siempre al principio de que el uso del arma cause la menor lesividad posible.
6. Por último, habiendo agotado toda acción pacífica posible; y solo en los supuestos de delito grave se puede utilizar el arma de fuego, pero hacerlo de dos maneras:
- Disparando únicamente al aire, o al suelo , con objeto exclusivamente intimidatorio; previamente a haber hecho advertencias y sin poner en riesgo o lesionar a otras personas.
- Disparando, en última instancia, a partes no vitales del cuerpo del presunto delincuente.


CONCLUSIÓN: 
El servidor público (policía o miembro de fuerzas de seguridad) busca la justicia y el bienestar.

Así también provee de resguardo y protección al prójimo, a través de una buena labor, puede llegar a prevenir actos o hechos delicuenciales.
Usted como integrante de una fuerza con su buen desempeño esta honrando a Dios.
Su labor como integrante de las Fuerzas de Seguridad, Policiales o Penitenciarias, demanda sacrificio, esmero y aun con arriesgar su propia vida (y Dios valora mucho eso), por salvaguardar la vida de otra persona.
El dar la vida en cumplimiento al deber, es una labor honrosa, porque está facultada por Dios y por la ley.
Por eso, cualquier integrante de las Fuerzas de Seguridad Federal (PFA, GNA, PSA o PNA), Fuerzas Policiales provinciales y Fuerzas Penitenciarias. 
La palabra de Dios dice: "Bienaventurados los que trabajan por la paz (pacificadores), porque ellos serán llamados hijos de Dios"
Tú eres un GESTOR de PAZ y como dice nuestro lema "Servidores Siempre".

Bendiciones

Gestores de Paz

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